2017 se convirtió en el año en el que un mayor número de personas se encontraban en una situación de desplazamiento forzado en todo el planeta de toda...
2017 se convirtió en el año en el que un mayor número de personas se encontraban en una situación de desplazamiento forzado en todo el planeta de toda la historia. De los 68,5 millones de desplazados forzados, 25,4 se encontraban en situación de refugiados, 2,9 millones más que el año anterior.
Conceptos como refugiado o desplazamiento forzado han entrado a formar parte del día a día en los medios de comunicación, pero, en muchas ocasiones, se desconoce el significado concreto, sus diferencias y los tipos de refugiado que existen.
En la convención de Ginebra de 1951 se elaboró una definición de refugiado, que pasó a ser parte del Derecho Internacional y la piedra angular del mandato de ACNUR:
Un refugiado es aquel que “debido a fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de su país; o que careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores no quiera regresar a él".
La definición de la convención de Ginebra reconocía así la condición de refugiado a personas que habían sufrido condiciones muy distintas y que no contaban con ningún tipo de figura legal que les respaldara. Los principales tipos de refugiados según esta definición son:
En las postrimerías de la II Guerra Mundial y el Holocausto, esta definición tuvo muy en cuenta la persecución y el genocidio de judíos y personas pertenecientes a minorías étnicas por parte del régimen nazi en Alemania y en las zonas ocupadas durante el conflicto.
El Holocausto no fue el último genocidio ni persecución que haya vivido la humanidad y millones de personas se han visto obligadas a huir de sus hogares desde entonces por ello. Algunos casos desde la II Guerra Mundial han tenido lugar en Ruanda, la antigua Yugoslavia y, más recientemente, a la minoría rohingya en Myanmar.
Este es uno de los cinco motivos enumerados en el Artículo 1A(2) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados (“Convención de 1951”). Su uso es cada vez más frecuente ahora que los Estados han aceptado que entran dentro de esta categoría las mujeres, las familias, las tribus, los grupos profesionales y los homosexuales. La evolución de este fundamento ha contribuido a la comprensión global de la definición de refugiado.
No hay un consenso legal sobre cuáles son los grupos de personas que constituyen “un determinado grupo social”. La Convención no incluye una lista específica de grupos sociales por lo que el término “pertenencia a un determinado grupo social” debe leerse de una manera evolutiva, abierta al carácter variado y cambiante de los grupos en las diferentes sociedades y a la evolución de la normativa internacional de los derechos humanos.
Quizás el motivo más habitual a lo largo de la historia para verse obligado a abandonar un país es la persecución de ciertas ideas políticas. Durante la segunda mitad del siglo XX hemos sido testigos de cómo cientos de miles de personas se vieron obligadas por su forma de pensar de dictaduras que pervivieron durante décadas en el sur de Europa, Latinoamérica, Oriente Medio o África.
Las últimas aportaciones al concepto de refugiado en el Derecho Internacional han incluido criterios como el “prima facie”, que ha servido para elaborar procedimientos de determinación colectiva del estatus de refugiado. Se ha invocado con frecuencia en situaciones de afluencia masiva a causa de un conflicto armado, cuando los motivos para la huida son ampliamente conocidos y el número de llegadas es demasiado alta para que se determine la condición de refugiado de forma individual. La determinación colectiva prima facie es más fácil de aplicar en los Estados que aceptan una definición de refugiado más amplia que incluye la violencia indiscriminada o generalizada.
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